La Generalitat de Cataluña ha convocado una serie de ayudas a la industria con el objetivo de potenciar la reindustrialización en el territorio, especialmente en el ámbito de las pequeñas y medianas empresas. 

Una de estas líneas de ayudas, dotada con 10 millones de euros, va dirigida a inversiones que pretendan mejorar la competitividad, sostenibilidad y la digitalización de las empresas industriales.

Se podrán beneficiar de ellas tanto proyectos en nuevas plantas como en otras ya existentes y que quieran mejorar sus procesos productivos, siempre que estos proyectos cuenten con una inversión de entre 250.000 y 3.000.000€.

Fecha límite

27 de abril de 2023

Importe subvencionable

Hasta un 20% de la inversión con un máximo de 500.000€

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¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Los beneficiarios podrán ser aquellas empresas industriales y de servicios relacionados con la producción que cuenten con sede operativa en Cataluña.

Para ello será necesario que la actividad principal de la entidad solicitante de la ayuda esté incluida en alguno de los siguientes códigos de la CCAE (Classificació catalana d’activitats econòmiques):

Beneficiarios subvencionables por CCAE
  • 07 Extracción de minerales metálicos.
  • 08 Extracción de minerales no metálicos ni energéticos.
  • 09 Actividades de apoyo a las industrias extractivas.
  • 10 Industria de productos alimenticios.
  • 11 Fabricación de bebidas.
  • 12 Industrias del tabaco.
  • 13 Industrias textiles.
  • 14 Confección de prendas de vestir.
  • 15 Industria del cuero y del calzado.
  • 16 Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.
  • 17 Industrias del papel.
  • 18 Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
  • 19 Coquerías y refinado del petróleo.
  • 20 Industrias químicas.
  • 21 Fabricación de productos farmacéuticos.
  • 22 Fabricación de productos de caucho y materias plásticas.
  • 23 Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
  • 24 Metalurgia y fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones.
  • 25 Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipos.
  • 26 Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
  • 27 Fabricación de materiales y equipos eléctricos.
  • 28 Fabricación de maquinaria y equipos ncop.
  • 29 Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.
  • 30 Fabricación de otros materiales de transporte.
  • 31 Fabricación de muebles.
  • 32 Industrias manufactureras diversas.
  • 331 Reparación de productos metálicos, maquinaria y equipos.
  • 332 Instalación de maquinaria y equipos industriales.
  • 38 Tratamiento y eliminación de residuos.
  • 39 Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
  • 52 Almacenamiento y actividades afines al transporte.
  • 72 Investigación y desarrollo.

Otro requisito a destacar en el caso de las empresas de servicios conexos a la producción es que deberán acreditar que el sector industrial representa más del 50% de su cifra de negocio del último ejercicio cerrado.

Cada empresa podrá presentar una única solicitud por centro productivo.

Requisitos para acceder a las ayudas

Para poder acceder a estas ayudas las empresas deberán cumplir además los siguientes requisitos:

  1. Tener una afectación directa a causa del conflicto entre Rusia y Ucrania en los resultados de la empresa documentada en la memoria que se presenta con la solicitud. Esta afectación debe estar relacionada con:
    • El encarecimiento de materias primas básicas del proceso productivo en más de un 25%.
    • Atraso de plazos de entregas de materiales en más de un mes.
    • Aumento de los costes energéticos del proceso productivo en más de un 50%.
    • Incremento de costes de transporte por encima del 25%
    • Cualquier otra afectación que quede justificada en la memoria.
  2. En el caso de empresas de servicios a la producción, hace falta que el sector industrial represente más del 50% de su facturación.
  3. Dar ocupación, al menos, a un 2% de personas trabajadoras con discapacidad sobre el número total de personas trabajadoras de la entidad.
  4. La empresa beneficiaria debe, en todo caso, mantener, al menos, los lugares de trabajo existentes.
  5. Puedes consultar el resto de obligaciones normativo-legales documento oficial de la Generalitat..

Se consideran subvencionables los gastos relacionados con:

Inversión en activos fijos del establecimiento productivo que tendrían que incluir en el activo de la empresa y permanecer en él durante 5 años desde la fecha de finalización del proyecto.

No serán subvencionables los siguientes gastos:

Gastos no subvencionables
  • Intereses deudores de cuentas bancarias.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas o penales.
  • Gatos de procedimientos judiciales.
  • Impuestos indirectos, incluido el IVA.
  • Gastos de transacciones financieras.
  • Comisiones y pérdidas de cambio y otros gastos puramente financieros, como comisiones por mantenimiento de cuentas o transferencias.
  • Gastos justificados con facturas de fecha anterior al inicio de la actuación subvencionada o posterior a su finalización.
  • Los gastos vinculados a la preparación del dossier táctico y administrativo para la solicitud de la ayuda.
  • Gastos de desplazamiento y alojamiento.
  • Materias primas y productos intermedios para la elaboración del proceso productivo.
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