Las instalaciones térmicas que cuentan con una potencia superior a 70 kW deben cumplir con ciertos requisitos para cumplir con la normativa RITE vigente.

En mh INDUSTRIAS, ayudamos a nuestros Clientes en el proceso de legalización de sus instalaciones. Nuestro equipo de expertos en normativas y regulaciones trabaja de la mano con cada cliente para garantizar que sus instalaciones cumplan con todos los requisitos legales y normativos vigentes.

Nuestra amplia experiencia en este campo nos permite brindar a nuestros clientes la tranquilidad de que sus instalaciones estarán completamente legalizadas, evitando cualquier problema legal en el futuro.

Legalización de instalaciones

Ciertas instalaciones, dependiendo de su potencia nominal, deben cumplir con determinados requisitos para funcionar en cumplimiento con la normativa legal.

Legalización de instalaciones térmicas

Para la legalización de instalaciones térmicas que se encuentran bajo la normativa RITE se aplican los siguientes criterios dependiendo su potencia nominal en la generación de calor o frío:

  • Potencia superior a 70 kW: Deberán contar con un proyecto elaborado por un técnico titulado competente.
  • Potencia entre 5 kW y 70 kW: Pueden sustituir el proyecto por una memoria técnica, la cual podrá realizar un técnico titulado competente o un instalador autorizado.

Existen ciertas excepciones en la normativa RITE, como es el caso de las instalaciones de este mismo tipo de potencia inferior a 5kW, entre otras. Si tiene dudas al respecto de su instalación, o necesita ayuda en la tramitación administrativa para la legalización de su instalación, contacte con nosotros.

Legalización de instalaciones de baja tensión

De manera similar a lo que ocurre con las instalaciones de baja tensión también se rigen por una norma que permite garantizar su seguridad y eficiencia. En este caso se trata del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, que establece el Real Decreto 842/2002.

Según esta normativa, las instalaciones de baja tensión, dependiendo de diversas características como su potencia o su tipología, necesitan contar con una memoria técnica o proyecto para funcionar de manera legal.

¿Desea obtener asesoramiento para legalizar su instalación?

Certificado de eficiencia energética de edificios

Para aquellos edificios que deseen tramitar un certificado de eficiencia energética de la instalación, que les permita conocer y utilizar la etiqueta de eficiencia energética, ponemos a disposición nuestra experiencia y conocimiento para asesorarles en todo el proceso de tramitación.

¿Qué edificios están obligados a tramitar un certificado de eficiencia energética?

  • Edificios y viviendas existentes en venta o alquiler.
  • Edificios de nueva construcción, o aquellos en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2.
  • Edificios con una superficie útil total a 500m2 destinados a los siguientes usos:
    • Administrativo
    • Sanitario
    • Comercial
    • Residencial público
    • Docente
    • Cultural
    • Actividades recreativas
    • Restauración
    • Transporte
    • Deportivo

¿Por qué contar con nosotros?

Un partner experimentado

45 años de experiencia nos avalan en el trabajo con todo tipo de instalaciones, ofreciendo a nuestros Clientes soluciones que sobrepasen sus expectativas

Una solución para su sector

Trabajamos con clientes en sectores muy diversos, lo que nos permite estar al corriente de la normativa legal vigente en cada uno de ellos